¿Puede un particular reclamar a un Estado miembro por los daños sufridos en su salud a causa del incumplimiento de las exigencias contenidas en la Directiva 2008/50 respecto a la superación de los valores límite de la calidad del aire?

Autora
Patricia de la Sota Gómez. Abogada


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A raíz de la reclamación efectuada por un particular frente al Estado francés a causa de los perjuicios sufridos en su salud por la contaminación del aire (respecto a los componentes PM10 y NO2) -que contabiliza en 21 millones de euros- y tras haber sido desestimada en primera instancia, se encuentra pendiente de resolución al haberse planteado por el Tribunal de Apelación de lo Contencioso – Administrativo de Versalles la cuestión prejudicial acerca de la interpretación de los artículos 13 y 23 de la Directiva 2008/50/CE.

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